VISTO el expediente n° 237/2026, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 4172/2026, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Acuerdo con CETIDIM por el consumo de energía eléctrica de dicha institución;
que, el Acuerdo fue celebrado entre la Municipalidad de Saladillo y CE.T.I.DI.M. (Centro de Terapia Integral para el Discapacitado Mental), suscripto el día 2 de enero de 2026;
que, CE.T.I.DI.M. es una asociación civil sin fines de lucro dedicada a la protección integral y asistencia de personas jóvenes y adultas con discapacidad mental;
que, en reconocimiento de la importante labor desarrollada por la institución, la Municipalidad se compromete a afrontar el pago del cien por ciento (100 %) de las facturas por consumo de energía eléctrica de los inmuebles ubicados en calle Posadas Nros. 2775 y 2754 de la ciudad de Saladillo;
que, el Acuerdo tendrá vigencia por doce (12) meses, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y se aplicará a las facturas devengadas durante dicho período;
que, conforme al artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 corresponde al Honorable Concejo Deliberante aprobar el citado Acuerdo para su efectiva ejecución por el Departamento Ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de septiembre de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Acuerdo celebrado entre la Municipalidad de Saladillo y CE.T.I.DI.M. (Centro de Terapia Integral para el Discapacitado Mental), suscripto el día 2 de enero de 2026, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los Convenios Específicos, Adendas, Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarios que fueran necesarios para cumplir con el objeto del Acuerdo aprobado en el Artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.-
ORDENANZA N° 63/2026.-