VISTO el expediente N° 277/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante el expediente N° 2522/2020, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a autorizar al Departamento Ejecutivo a subscribir Convenio con la Sra. Miriam Mabel Frontalini;

que mediante el expediente 2522-F-2020 la Sra. Miriam Mabel Frontalini, D.N.I. N° 14.437.539 solicita la factibilidad de división de los inmuebles identificados catastralmente como: a) Circunscripción 1; Sección H; Chacra 208; Parcela 2. Partida 4165; b) Circunscripción 1; Sección H; Chacra 208; Parcela 5. Partida 11331; y c)     Circunscripción 1; Sección H; Chacra 208; Parcela 16. Partida 220. Todos ubicados en la ciudad de Saladillo;

que, una propuesta consiste en un proyecto de mensura, unificación y división de los inmuebles cuya titularidad ostenta la peticionante;

que, la otra propuesta consiste en la confección de un proyecto de mensura, unificación y división con anexión de la zona ex vías del F.C. Pcial. Gral. Belgrano para lo cual La Municipalidad debería cederle las zonas a anexar a cambio de una contraprestación equivalente al valor corriente en plaza del inmueble propiedad del Municipio;

que, con esto se evitaría la generación de manzanas irregulares en zona urbana que modifiquen el trazado y distribución en forma de damero adoptada en el Plan de Ordenamiento Urbano vigente;

que, de no ceder la Municipalidad el dominio de la franja de terreno denominada zona de ex vías del F.C. Pcial. Gral. Belgrano (actualmente parcela 1A), tendría la posibilidad de generar ocho lotes los cuales pasarían a formar cuatro manzanas irregulares de tan solo dos lotes por cada una de ellas, que luego de las respectivas cesiones de calles, quedarían de 17m x 37m cada uno;

que, por otro lado los gastos en que incurriría la Municipalidad para subdividir el inmueble de su propiedad, a saber, alumbrado público, construcción de cordón cuneta, cloacas y cámaras de esquina, tornarían en antieconómica su concreción;

que,desde el Departamento Ejecutivo se cree conveniente a los intereses municipales convenir con la peticionante la cesión del inmueble en cuestión a cambio de que la misma construya viviendas por un valor equivalente al corriente en plaza del inmueble propiedad del Municipio; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 18 de octubre de 2022, este Honorable Cuerpo  aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto; 

por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda  y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Sra. Miriam Mabel Frontalini, DNI 14.437.539 el convenio que como Anexo I se agrega y pasar a ser parte de la presente. 

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil veintidós.-

ORDENANZA N° 91/2022.-

ANEXO I

convenio de urbanización

El presente Convenio se celebra en la ciudad de Saladillo, partido de Saladillo, a los …. días del mes de septiembre de 2022, entre la Municipalidad de Saladillo, representada en este acto por el Intendente Municipal, Ing. José Luis Salomón, con domicilio legal en calle San Martín Nº 3151 de la ciudad de Saladillo, en adelante “La Municipalidad”, y Miriam Mabel Frontalini, DNI 14.437.539, casada en primeras nupcias con Miguel Ángel Lambert, con domicilio en calle Almafuerte Nº 3751 de la ciudad de Saladillo, en adelante “La Propietaria”, quienes acuerdan y convienen las siguientes cláusulas:

Considerando:

  1. Que La Propietaria es titular de dominio de los inmuebles identificados catastralmente como: a) Circunscripción 1; Sección H; Chacra 208; Parcela 2. Partida 4165; b) Circunscripción 1; Sección H; Chacra 208; Parcela 5. Partida 11331; y c)     Circunscripción 1; Sección H; Chacra 208; Parcela 16. Partida 220. Todos ubicados en la ciudad de Saladillo.
  • Que La Municipalidad es titular de dominio de la franja de terreno denominada zona de ex vías del F.C. Pcial. Gral. Belgrano (actualmente parcela 1A), zona que linda al Sud-Oeste con las parcelas 5 y 16 de la Chacra 208 y al Nord-Este con la parcela 2 de la Chacra 208.
  • Que mediante expediente 2522-F-2020 la Propietaria solicita la factibilidad de división de las parcelas mencionadas en el considerando primero para lo cual adjunta croquis confeccionado por agrimensor, con dos propuestas diferentes; que llamaremos en adelante Propuesta 1 y Propuesta 2.
  • Que la Propuesta 1 consiste en un proyecto de mensura, unificación y división de los inmuebles cuya titularidad ostenta La Propiedad.
  • Que a partir de La Propuesta 1 la Municipalidad tendría la posibilidad de generar ocho lotes sobre el inmueble de su propiedad, estos lotes pasarían a formar cuatro manzanas irregulares de tan solo dos lotes por cada una de ellas, los cuales, y luego de las respectivas cesiones de calles, quedarían de 17m x 37m cada uno.
  • Que los gastos en que incurriría la Municipalidad para subdividir el inmueble de su propiedad, a saber, alumbrado público, construcción de cordón cuneta, cloacas y cámaras de esquina, tornarían en antieconómica su concreción.
  • Que la Propuesta 2 consiste en la confección de un proyecto de mensura, unificación y división con anexión de la zona ex vías del F.C. Pcial. Gral. Belgrano para lo cual La Municipalidad debería cederle las zonas a anexar a cambio de una contraprestación equivalente al valor corriente en plaza del inmueble propiedad del Municipio.
  • Que con la Propuesta 2 se evitaría la generación de manzanas irregulares en zona urbana que modifiquen el trazado y distribución en forma de damero adoptada en el Plan de Ordenamiento Urbano vigente.

Por todo ello, las partes acuerdan en suscribir el presente convenio que se regirá por las cláusulas que se transcriben a continuación:

PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio tiene como objeto, por un lado, la ejecución de un proyecto de mensura, unificación y división de los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción 1, Sección H, Chacra 208, Parcela 2, 5 y 16 –de titularidad de La Propietaria-, con anexión de la zona ex vías del F.C. Pcial. Gral. Belgrano –propiedad de La Municipalidad-, todos del partido de Saladillo; previa cesión de la parcela de la zona ex vías del F.C. Pcial. por parte de la Municipalidad y a favor de  Miriam Mabel Frontalini debiendo como contraprestación esta última construir 4 de las 8 viviendas a construir en la localidad de Cazón, Partido de Saladillo, específicamente en el lote designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 7, Parcela 2, de acuerdo al plano de obra adjunto y listado de tareas a ejecutar que forman parte del presente documento.

SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. La Municipalidad se compromete a:

  • Ceder en favor de La Propietaria la zona ex vías del F.C. Pcial. Gral. Belgrano lindante con los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción 1, Sección H, Chacra 208, Parcela 2, 5 y 16. La misma deberá efectuarse, dentro de los treinta (30) días una vez aprobado el presente convenio por el Honorable Concejo Deliberante y previo acompañamiento de la garantía correspondiente de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula cuarta.
  • Solicitar del Honorable Concejo Deliberante la aprobación del presente.

TERCERA. OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO. La Propietaria se compromete a:

  • Llevar adelante, por sí o por terceros, a su exclusivo costo y cargo, el proyecto de mensura, unificación y división de los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción 1, Sección H, Chacra 208, Parcela 2, 5 y 16 –de titularidad de La Propietaria-, con anexión de la zona ex vías del F.C. Pcial. Gral. Belgrano de conformidad a plano de mensura que se agrega y pasa a ser parte integrante del presente. No se admitirán modificaciones al proyecto, salvo las propuestas por las oficinas técnicas respectivas.
  • Como contraprestación a la cesión mencionada en el punto (a) de la cláusula segunda, deberá construir en el lugar que le indique La Municipalidad, 4 viviendas de acuerdo a lo especificado en la cláusula primera y en los Anexos I y II (cómputo, presupuesto estimativo y en el listado de tareas a ejecutar especificados en el Anexo I y II que también se acompañan al presente.
  • Los espacios verdes a ceder serán calculados sobre la superficie total que resultare de anexar a los inmuebles de La Propietaria, el inmueble cedido.
  • La Propietaria deberá construir y entregar las 4 viviendas especificadas en las cláusulas y puntos anteriores en un plazo máximo de 12 (doce) meses contados a partir de la promulgación de la ordenanza que sancione el Honorable Concejo Deliberante. Cumplido ello, el área municipal pertinente procederá a la aprobación del plano de mensura, siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos y recaudos pertinentes, no pudiendo en ningún caso, procederse a la aprobación del plano previo a la entrega de las viviendas.  

CUARTA. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS. La Propietaria deberá constituir una garantía de cumplimiento de contrato, por un valor igual al que resultare la de tasación del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en algunas de las siguientes formas y deberán depositarse en Tesorería de la Municipalidad:

4.1. Dinero en efectivo, cheque certificado o giro contra una institución bancaria local y a la orden de la Municipalidad de Saladillo.

4.2. Fianza bancaria a otorgarse sin reservas ni limitaciones y hasta la extinción total de las obligaciones cuyo cumplimiento cubre con firma certificada ante escribano público.

4.3. Títulos de la deuda pública nacional o provincial, los que serán tomados por su valor de cotización de dos (2) días hábiles previos al depósito. Los intereses de los mismos pertenecen a su titular, no acrecentando la garantía.

4.4. Póliza de seguro de caución emitida por empresa aseguradora de reconocida trayectoria. Deberá acompañarse recibo de pago total de la póliza.

QUINTA. CESION DEL CONVENIO. El presente Convenio, así como las obligaciones que de él surgen, no podrá ser transferido ni cedido, total o parcialmente, aún ni con autorización expresa por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.

SEXTA. PLAN DE TRABAJOS. La Propietaria deberá presentar el Plan de Trabajos relativo a las viviendas a construir dentro de los diez (10) días contados a partir desde que La Municipalidad le notifique fehacientemente la ubicación donde deberán construirse, con las curvas de avance físico e inversiones, reflejando el plazo de obra determinado, los avances previstos y las entregas parciales, si las hubiere.

En su plan de trabajos el ordenamiento de ítem se hará siguiendo la secuencia lógica de inicio de obra. Para cada uno de ellos se consignará el porcentaje   de incidencia referida al total de la obra a ejecutar.

Cuando se prevean entregas parciales, deberá presentar Planes de Trabajo para cada una de las mismas conjuntamente con el Plan de Trabajo integral de la obra.

La Propietaria entregará el Plan de Trabajos con una copia en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Saladillo, sito en Av. Moreno 3512. Cumplido este requisito comenzará a correr el plazo estipulado en el presente, bajo pena de aplicar las penalidades aquí previstas.

6.1. APROBACION U OBSERVACION DEL PLAN DE TRABAJOS. A los cinco (5) días hábiles de presentado el Plan de Trabajos, LA PROPIETARIA deberá concurrir a la S.O. y S.P. para notificarse de la aprobación u observación del mismo. Si mediare observación, las mismas se harán por única vez, debiendo presentarlo con las correcciones que correspondieran dentro de las 48 horas de efectuadas las observaciones, so pena de la aplicación de las penalidades previstas.

6.2. NUEVA PRESENTACION DEL PLAN DE TRABAJOS. Dentro del plazo fijado en el artículo precedente y presentado el Plan de Trabajos LA PROPIETARIA concurrirá a la S.O y S.P., para notificarse de la aprobación del mismo. En caso que no se haya dado fiel cumplimiento a las observaciones formuladas por la Repartición, será causal de la aplicación de la penalidad prevista.

6.3. INICIACION DE LAS OBRAS. Dentro de los 5 días de aprobado el Plan de Trabajos, LA PROPIETARIA deberá dar inicio a la obra.

SÉPTIMA. PRORROGA DEL PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA. Cuando LA PROPIETARIA supere los plazos fijados en el Plan de Trabajos aprobado, se le podrá otorgar una prórroga, siempre que demuestre que Ia mora se ha producido por causas justificadas, conforme las previsiones contenidas en el artículo de la Ley N° 6021 y su reglamentación.

Los pedidos de prórroga deberán ser presentados por nota de pedido dentro de los primeros diez (10) días del mes posterior a los hechos en que se funden. Los presentados fuera de plazo no serán considerados.

Dentro de diez (10) días de otorgada la prórroga, LA PROPIETARIA ajustará   el Plan de Trabajos e Inversiones al nuevo plazo modificándolo a partir del mes en que se produjeron los hechos de origen de la prórroga y someterán al nuevo Plan a consideración de LA MUNICIPALIDAD.

La prórroga que pueda acordarse no dará derecho al reconocimiento de ningún tipo de indemnización.

OCTAVA. MORAS. La demora en la iniciación, desarrollo o terminación de los trabajos con respecto a los plazos estipulados, y todo incumplimiento contractual, dará lugar a la aplicación de las sanciones que más abajo se detallan sin que en ningún caso los retardos puedan justificarse por el solo hecho de no haber recibido LA PROPIETARIA advertencias o comunicaciones de LA MUNICIPALIDAD, acerca de la lentitud o demora en la iniciación o marcha de los trabajos. LA PROPIETARIA quedará constituida en mora por el solo vencimiento de los plazos (Art. 886 del Código Civil y Comercial) y por ese solo hecho se devengarán automáticamente las multas que quedará obligado a pagar sin necesidad de interpelación previa alguna.

NOVENA. MULTAS. Las multas se aplicarán ante la mora en el cumplimiento de los plazos parciales, o en el total de la obra; en el incumplimiento de las órdenes de servicio y ante toda transgresión estipulada en el presente, y en la documentación anexa que así lo indique. Cuando la mora sea en el cumplimiento de términos de los plazos que se fijan en el plan de trabajos aprobado, o en el presente no se fijaran otras:

a) El equivalente al 0,33% (cero con treinta y tres por mil) sobre el monto del CONTRATO, por cada día de atraso en la iniciación de la obra según Plan de Trabajos aprobados.

b) El último día del mes en que según el Plan de Trabajo, debieron ser alcanzados por los porcentajes del 20, 50 y 80%, LA PROPIETARIA será multada hasta ese porcentaje, durante el lapso que demore hasta alcanzarlo, en 0,10% (cero con diez por mil) diario sobre el monto del CONTRATO no ejecutado en plazo.

c) El equivalente al 0,33% (cero con treinta y tres por mil) sobre el monto del CONTRATO, se aplicará a LA PROPIETARIA por cada día corrido de suspensión de los trabajos, sin perjuicio de las otras penalidades que pudiera corresponderle por el incumplimiento.

d) La mora en el incumplimiento de Órdenes de Servicio, dará lugar a la aplicación de una multa de 0,10% (cero con diez por mil) sobre el monto del CONTRATO por cada día de demora.

e) En caso de incumplimiento a disposiciones laborales, se aplicará una multa del 10% del salario mínimo de familia tipo vigente, por cada obrero que resulte perjudicado y en cada período de pago.

f) El equivalente al 0,33% (cero con treinta y, tres por mil) del monto del CONTRATO actualizado, por cada día de atraso en la terminación total de la obra al vencimiento del plazo contractual y hasta la solicitud de Recepción Provisoria.

Cuando se hubieran aplicado multas por mora según incisos b), c)  y  d), la  que le corresponde por terminación será reducida en el monto de aquellas, que   tendrá siempre carácter preventivo.

Si el importe de dichas multas fuera superior al de la terminación, se devolverá a LA PROPIETARIA, la diferencia entre los importes. Si la obra se terminare en plazo las multas serán íntegramente devueltas a LA PROPIETARIA.

Para todos los casos establece que:

1°) El término de ejecución de las etapas definidas precedentemente, será el contractual más las ampliaciones que, solicitadas reglamentariamente, fueren acordadas.

2°) La aplicación de multas no libera a LA PROPIETARIA de la responsabilidad que pudiera corresponderle por daños y perjuicios ocasionados a LA MUNICIPALIDAD o a terceros. El monto total de las multas que se impongan no podrá superar el 15% (quince por ciento) del importe total del CONTRATO. En caso que se alcance el mencionado porcentaje, LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir el CONTRATO por causas imputables a LA PROPIETARIA.

UNDÉCIMA: APLICACIÓN DE MULTAS. Las multas por incumplimiento del Plazo de Ejecución y las establecidas por infracción a las disposiciones de los diversos artículos de este convenio y de la documentación anexa serán abonadas por LA PROPIETARIA en el término de diez (10) días de finalizado el convenio, vencido dicho plazo LA MUNICIPALIDAD podrá ejecutar la GARANTIA del CONTRATO y/o las GARANTIAS con que se hubiesen sustituido los fondos de reparo.

UNDÉCIMA PRIMERA: EJECUCION. Las ejecuciones de las obras deberán ajustarse estrictamente a lo estipulado en el presente convenio y demás DOCUMENTOS ANEXOS. LA PROPIETARIA no podrá por sí, bajo ningún pretexto, hacer trabajo alguno que no se ajuste estrictamente al convenio.

11.1. MATERIALES. Todo lo relacionado con el abastecimiento, aprobación, ensayos y prueba de los materiales, se regirá por lo dispuesto en las Especificaciones Técnicas que componen el presente y Documentación Anexa. LA PROPIETARIA está obligada a emplear en la obra los materiales especificados en los documentos integrantes del CONTRATO y se le podrá requerir muestras de su procedencia, pruebas y ensayos a su exclusivo cargo.

11.2. EJECUCION DE LOS TRABAJOS DE ACUERDO CON SU FIN. LA PROPIETARIA está obligada a ejecutar las obras contratadas de tal manera que a juicio de LA MUNICIPALIDAD, sus diversos rubros resulten completos y adecuados a sus fines, en la forma establecida en los planos, especificaciones y demás documentos del CONTRATO.

11.3. TRABAJOS NO AJUSTADOS AL CONTRATO. Los trabajos ejecutados con materiales de mayor calidad y/o de mayor valor que lo estipulado ya sea por naturaleza o procedencia, no darán derecho LA PROPIETARIA a reclamación alguna por mejoras de precio. Los trabajos que no estuviesen conformes con las Ordenes de Servicios comunicados a LA PROPIETARIA o que no respondiesen a las Especificaciones Técnicas contractuales, podrán ser rechazadas aunque fuesen de mayor valor que los indicados y en este caso LA PROPIETARIA demolerá y reconstruirá de acuerdo a lo indicado en la documentación contractual, dentro del plazo que se fije, estando a su cargo los gastos y responsabilidades generados por esta causa. LA PROPIETARIA retirará a su exclusiva costa y dentro del plazo que la respectiva orden señale, los materiales y elementos de toda clase que LA MUNICIPALIDAD rechazare, y si no lo hiciere, podrá ser demolido o retirado  por  ésta sin necesidad de interpelación alguna, a costa de LA PROPIETARIA.

11.4. ACEPTACION O RECHAZO DE TRABAJOS Y MATERIALES. El que la INSPECCION dejara de observar o rechazar materiales, y trabajos de calidad inferior, o mal ejecutados, no implicará aceptación de los mismos resultando de aplicación lo establecido en el artículo anterior.

11.5. VICIOS EN LOS MATERIALES Y OBRAS. Cuando se sospeche que existen vicios en trabajos no visibles, la INSPECCION podrá ordenar las demoliciones o desmontajes y las reconstrucciones necesarias para cerciorarse del fundamento de sus sospechas y en el supuesto que los defectos fueran comprobados, todos los gastos originados por tal motivo estarán a cargo de LA PROPIETARIA, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderles. En caso contrario, las abonará LA MUNICIPALIDAD.

Si los vicios se manifestaran en el transcurso del plazo de garantía LA PROPIETARIA deberá reparar o cambiar las obras defectuosas en el plazo que se fije, a contar desde la fecha de su notificación fehaciente. Transcurrido ese plazo dichos trabajos podrán ser ejecutados por LA MUNICIPALIDAD o por Terceros, deduciéndose su importe de los créditos a liquidar a favor del CONTRATISTA o, en su caso, de la garantía de contrato.

11.6. VIGILANCIA. A LA PROPIETARIA le incumbe la responsabilidad respecto de la vigilancia continua de la obra para prevenir robos o deterioros de los materiales y/o partes componentes y/o otros bienes propios o ajenos, así como lo relativo al servicio de prevención de accidentes que puedan afectar a bienes o personas de la administración o de terceros. A tal fin establecerá una vigilancia permanente en la obra hasta la entrega de las viviendas a LA MUNICIPALIDAD.

La adopción de las medidas a que se alude precedentemente, no eximirá a LA PROPIETARIA de las consecuencias de los hechos que allí se prevean.

11.7. LIMPIEZA DE OBRA. Durante   la   ejecución   de   las   obras   y   hasta   la   Recepción Provisional de las mismas, LA PROPIETARIA deberá mantener limpio y despojado de residuos el predio comprendido dentro del cerco de la obra.

UNDÉCIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD. LA PROPIETARIA es responsable de la correcta interpretación de Planos y Pliegos para la realización de la obra y responderá por vicios y deficiencias que puedan observarse durante la Ejecución y conservación de las mismas hasta su Recepción Definitiva, sin perjuicio de la responsabilidad que el Código Civil, en su artículo1646, establece con posterioridad a la Recepción Definitiva.

12.1 CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES. LA PROPIETARIA deberá dar estricto cumplimiento a las normas de derecho laboral y previsional vigentes, siendo ésta la único responsable para LA MUNICIPALIDAD. En materia de seguridad e higiene LA PROPIETARIA deberá dar cumplimiento a las Leyes 19.587 24.557 de Riesgo de Trabajo, al Decreto N° 911/96 sobre Condiciones de Seguridad e Higiene y a las Resoluciones Nº 231/96, 51/97, 3 y 319/99 de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo

Así mismo deberá llevar los registros y demás documentos que le permitan acreditar en cualquier tiempo ante LA MUNICIPALIDAD, que dichas normas son cumplidas con respecto a todo el personal empleado en la obra.

Toda infracción al cumplimiento de estas obligaciones importará negligencia a los efectos de la rescisión del CONTRATO por culpa de LA PROPIETARIA.

12.2. CUMPLIMIENTO DE NORMAS LEGALES. Será por cuenta de LA PROPIETARIA el pago de las multas y el resarcimiento de los perjuicios o   intereses si cometiere cualquier infracción a las disposiciones legales y/o previsionales en vigencia de cualquier jurisdicción nacional, provincial o municipal.

12.3. CONTROL DE OBRA Y RESPONSABILIDAD. El control de la obra por parte de LA MUNICIPALIDAD, no disminuirá de ningún modo y en ningún caso la responsabilidad de LA PROPIETARIA que deberá controlar el proyecto y los cálculos antes de la construcción y ejecutarla haciéndose responsable por toda omisión, accidentes, daños y contratiempos, siniestros, utilización de, materiales y enseres, marcas, nombres, etc. así como la variación de los planos y especificaciones de los trabajos.

12.4. RESPONSABILIDAD HACIA TERCEROS. LA PROPIETARIA es exclusivamente responsable de toda reclamación o acción de terceros que pudieran establecerse por razón de cualquier daño o perjuicio ocasionado a personas o cosas por la obra o sus anexos, ya sea por cualquier material, maquinaria o implementos utilizados en las obras o por negligencia, culpa, omisión o imprudencia de él y/o de sus empleados y/u obreros afectados a la ejecución de las obras a su cargo.

12.5. SEGUROS. LA PROPIETARIA no podrá iniciar las obras, si previamente no ha asegurado contra riesgos de accidentes de trabajo a todo el personal afectado a la obra. Asimismo, tomará seguro por las responsabilidades civiles por daños y perjuicios y terceros o de propiedad de terceros.

Los seguros los contratará en empresas de trayectoria reconocida, debiendo entregar a LA MUNICIPALIDAD con anterioridad a la iniciación de los trabajos, las pólizas correspondientes.

Al presentar las respectivas pólizas de seguro exigidas, LA PROPIETARIA deberá acompañar los recibos oficiales del pago de las primas.

En todos los casos, las pólizas deberán establecer expresamente que mantendrán su vigencia respecto de LA MUNICIPALIDAD por el término de las obligaciones contractuales, y presentar las pólizas endosadas a favor de LA MUNICIPALIDAD.

12.6. GARANTIA DE MATERIALES Y TRABAJOS. El CONTRATISTA garantizará la buena calidad de los materiales y la correcta ejecución de los trabajos y responderá de las degradaciones y/o averías que pudieran experimentar las obras por efectos de la intemperie o por otras causas, no imputables al mal uso. En consecuencia, y hasta la Recepción Definitiva de los trabajos, la reparación de los desperfectos quedará exclusivamente a su cargo. 12.7. DAÑOS A PERSONAS Y PROPIEDADES. LA PROPIETARIA tomará a su debido tiempo las precauciones necesarias para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las de LA MUNICIPALIDAD destacadas en la obra, a terceros y a las propiedades o cosas de terceros, que se pudieran originar por cualquier causa.

El resarcimiento de los perjuicios que se produjeran, correrá por cuenta exclusiva de LA PROPIETARIA, salvo que acredite que tales perjuicios se hayan producido por razones de caso fortuito o fuerza mayor. Esta responsabilidad  subsistirá  hasta  la Recepción Definitiva de la obra.

UNDÉCIMA TERCERA: CONTRALOR DE OBRA. Las tareas de supervisión general de las obras estarán a cargo del personal profesional de LA MUNICIPALIDAD.

LA PROPIETARIA, por su parte, deberá facilitar ampliamente el cometido de las mismas.

13.1. INSPECCIONES DE LA OBRA. La INSPECCION de obra estará a cargo de los profesionales que designe LA MUNICIPALIDAD. LA PROPIETARIA facilitará ampliamente la vigilancia y contralor de las obras. La inobservancia a esta obligación, hará pasible a LA PROPIETARIA de las sanciones que LA MUNICIPALIDAD resuelva aplicar conforme al Artículo pertinente del presente.

13.2. REPRESENTANTE TECNICO. A los efectos de la conducción de los trabajos y de las responsabilidades técnicas consiguientes de acuerdo con la naturaleza e importancia de los mismos, deberá hallarse al frente de la obra una persona técnicamente capacitada, Arquitecto, Ingeniero en Construcciones o Ingeniero Civil aceptado por LA MUNICIPALIDAD. La aceptación de un Representante no releva a LA PROPIETARIA de las responsabilidades que le compete de acuerdo a lo establecido por el presente.

13.3. CONTROL DE LOS TRABAJOS QUE DEBAN QUEDAR OCULTOS. LA PROPIETARIA se abstendrá de amurar, rellenar y/o tapar los trabajos antes de que estos hayan sido revisados por LA MUNICIPALIDAD y avisará con 48 horas de anticipación a su ejecución para que este control pueda efectuarse sin ocasionar demoras o pérdidas de materiales.

En caso de no hacerlo, LA MUNICIPALIDAD hará demoler, descubrir o destapar lo que fuere necesario, para inspeccionar o medir debidamente y los gastos que esto origine serán por cuenta de LA PROPIETARIA exclusivamente.

UNDÉCMA CUARTA: RECEPCION.

14.1 RECEPCION PROVISORIA. La obra será recibida provisoriamente por LA MUNICIPALIDAD, cuando se encuentre terminada de acuerdo al CONTRATO y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas establecidas en la documentación contractual. Se verificará el estado de los trabajos y, si no presentaran objeciones, la obra quedará recibida provisoriamente y el plazo de GARANTIA correrá desde la fecha en que se firme el Acta de Recepción Provisoria.

Si las obras no estuvieran ejecutadas con arreglo a las condiciones del contrato y documentos anexos, se podrá suspender la recepción, considerándose la obra como no terminada, postergándose la Recepción Provisoria, hasta que todas las fallas estén corregidas y la Obra se encuentre ejecutada de acuerdo al CONTRATO. A ese efecto, se fijará un plazo para que la obra sea terminada, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas, vencido el cual se procederá a una nueva verificación del estado de los trabajos.

Si LA PROPIETARIA no corrigiere las objeciones en el plazo acordado, LA MUNICIPALIDAD podrá corregirlas con su propio personal o el de terceros, afectando los fondos necesarios de la GARANTIA sin necesidad de constituir en mora o notificar expresamente a LA PROPIETARIA.

De la Recepción Provisional se labrara un acta en presencia de LA PROPIETARIA. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de GARANTIA.

14.2. PLAZO DE GARANTÍA. Durante el plazo de GARANTIA que será de ciento ochenta (180) días a partir de la fecha que consigne el Acta de Recepción Provisoria, el CONTRATISTA será responsable de la conservación y vigilancia de las obras y de las reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad de los materiales o ejecución deficiente de los trabajos. La responsabilidad del CONTRATISTA, incluye la conservación, hasta la recepción definitiva de la obra, de aquellas partes para la que se hayan efectuado las Recepciones Parciales provisionales.

Se exceptúan de la presente obligación los defectos resultantes del uso indebido de las construcciones.

14.3. RECEPCIÓN DEFINITIVA. Transcurrido el plazo de GARANTÍA tendrá lugar la Recepción Definitiva que se efectuará con las mismas formalidades que la Provisoria previa comprobación del buen estado de las obras y verificación del correcto funcionamiento de las instalaciones, a cuyo  efecto  se  realizarán las pruebas que LA MUNICIPALIDAD estime necesarias, pudiéndose repetir parcial o totalmente las establecidas para la Recepción Provisional. Si la obra se encontrase en condiciones se procederá a la Recepción Definitiva, dejándose constancia en el acta respectiva.

En caso de observarse defectos, se acordará un plazo para su corrección   vencido el cual se procederá a una nueva verificación. Si LA PROPIETARIA no corrigiere las objeciones en el plazo acordado, LA MUNICIPALIDAD procederá a recibir la obra de oficio corrigiéndola con su propio personal o el de terceros y tomarán los fondos necesarios de la GARANTIA, sin perjuicio de las otras sanciones que se apliquen.

De las Actas de Recepción deberá entregarse a LA PROPIETARIA una copia.

14.4 RECEPCIONES PARCIALES. La Recepción Provisoria, será una sola, a la terminación total de los trabajos, aun cuando para su ejecución hubieran regido plazos parciales, salvo que LA MUNICIPALIDAD autorice recepciones parciales cuando lo considere conveniente.

14.5. DEVOLUCIÓN GARANTÍA CONTRACTUAL. La Garantía de contrato será devuelta a la firma de la Recepción Definitiva.

14.6. RESPONSABILIDAD POSTERIOR A LA RECEPCIÓN. Queda expresamente establecido, que la Recepción Provisional o Definitiva de las obras sin reservas, no exime a LA PROPIETARIA del pago  de multas  que  pudieran corresponder por incumplimiento del plazo de ejecución de los trabajos, ni del resarcimiento de los daños y perjuicios que le sean imputables. Con posterioridad a la Recepción Definitiva, el CONTRATISTA se responsabiliza de las obras de acuerdo a las prescripciones del Código Civil y demás leyes vigentes.

UNDÉCIMA QUINTA: RESCISION DE CONTRATO. LA MUNICIPALIDAD tendrá derecho a la rescisión del CONTRATO, sin necesidad de intervención judicial en los siguientes casos:

a) Cuando LA PROPIETARIA se halle culpable de fraude, grave negligencia o contravención a las obligaciones y condiciones estipuladas en el CONTRATO. b) Cuando LA PROPIETARIA proceda a la Ejecución de las obras con lentitud, de modo que la parte ejecutada no corresponda al tiempo previsto en los planes de trabajo, y a juicio de LA MUNICIPALIDAD no puedan terminarse en los plazos estipulados. En tal supuesto se intimará a LA PROPIETARIA para que ponga los medios necesarios a fin de acelerar los trabajos hasta alcanzar el nivel apto de ejecución, en el plazo que se fije, procediéndose a la rescisión si no se adoptase las medidas exigidas en ese objeto.

c) Cuando LA PROPIETARIA se exceda del plazo para la iniciación de las obras, a menos que demostrase a juicio de LA MUNICIPALIDAD que la  demora en la iniciación de las obras se ha producido por causas no imputables a LA PROPIETARIA y ofrezca cumplir su compromiso, en cuyo caso el plazo será prorrogado.

En el caso en que no corresponda el otorgamiento de esa prórroga o concedida ésta, LA PROPIETARIA tampoco diera comienzo a los trabajos en el nuevo  plazo fijado, el CONTRATO quedará rescindido.

d) Cuando LA PROPIETARIA abandonase las obras o interrumpiere los trabajos por un plazo mayor de cinco (5) días en tres (3) ocasiones, o cuando el abandono o interrupción sea continuado por el término de treinta (30) días corridos.

e) Cuando LA PROPIETARIA transfiera en todo o en parte el CONTRATO, se asocie con otros para la construcción o subcontrate sin previa autorización por    escrito de LA MUNICIPALIDAD.

f) Cuando el ritmo de Inversiones en algún momento resultara inferior a un 20 % de la prevista.

g) Cuando el monto total de las multas impuestas sobrepase al 15 % del importe del CONTRATO actualizado.

15.1. CONSECUENCIAS DE LA RESCISIÓN POR LA MUNICIPALIDAD. Resuelta la rescisión del CONTRATO por LA MUNICIPALIDAD, LA PROPIETARIA, independientemente del pago de los daños y perjuicios pertinentes, perderá el fondo de GARANTIA, y responderá por los daños y perjuicios que excedieran del monto de dicho fondo.

15.2 INVENTARIO. Hecha la comunicación respectiva de la rescisión, LA MUNICIPALIDAD tomará posesión de las obras en el estado en que se encuentren y levantará un inventario de las obras ejecutadas y de los materiales, herramientas, equipos y cualquier otro elemento que se encuentre en la obra, a cuyo fin citará a LA PROPIETARIA para que concurra con antelación e tres (3) días hábiles. Si no concurriera a la citación, se le tendrá por aceptante del inventario que LA MUNICIPALIDAD practicara, sin derecho a reclamación alguna labrándose el acta.

UNDÉCIMA SEXTA: FECHA DE INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS. Dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la publicación de la Ordenanza que apruebe el presente Contrato, se labrará entre LA PROPIETARIA y LA MUNICIPALIDAD la correspondiente Acta de Iniciación. A partir del día posterior a la fecha prevista para la realización del Acta de Iniciación comenzarán a contarse los plazos que establece el presente para la ejecución de la obra.

UNDÉCIMA SÉPTIMA: DOMICILIOS. COMPETENCIA.

Para todos los efectos legales emergentes del presente las Partes constituyen domicilios especiales en los indicados en el exordio, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se practiquen, sometiéndose a la jurisdicción y competencia de los Juzgados Contenciosos Administrativos del Departamento Judicial de La Plata, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman……ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo cada parte el suyo.

ANEXO I

 
COMPUTO Y PRESUPUESTO- Septiembre 2022
OBRA: 1  vivienda de 60 m2.    
ITEMUnidCant$/ UNIT. MAT y M.O.TOTAL.
1Cimientosm34,588435,00397957,5
2Muro de Nivelaciónm22040435,00808700,0
3Contrapiso de hormigón h17m3623000,00138000,0
4Mampostería de ladrillo hueco 18*18*33m2756900,00517500,0
5Mampostería de ladrillo hueco 12*18*33m2455160,00232200,0
6Cubierta de chapa galv y perfil C, aislant., malla y babetas de chapa n°25m26015000,00900000,0
7Revoques hidrófugo, Fino y Gruesom22404700,001128000,0
8Carpeta hidrófugam2605415,00324900,0
9Piso cerámicom2606600,00396000,0
10Revestimiento cerámicom2207500,00150000,0
11Carpinterías de aluminio con vidrio  float 3 mmunid.677010,00462060,0
12Puertas placa, marco de chapa, hoja de pinounid.329481,0088443,0
13Puertas de chapa Nº18unid.130000,0030000,0
14Cielorrasom2608000,00480000,0
15Instalación de agua con Artefactos y griferíagl1300000,00300000,0
16Instalación cloacal  1 pozo y 1 cámara inspgl1240000,00240000,0
17Instalación de gasgl1170580,00170580,0
18Instalación eléctrica con artefactos de iluminacióngl1135300,00135300,0
19Mesadas c/ piletam20,8564260,0054621,0
20Pintura generalgl1100000,00100000,0
 TOTAL MATERIALES   7054261,50
El monto total  es de pesos siete millones cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y uno con 50/100

ANEXO II

LISTADO DE TAREAS A EJECUTAR

Cimientos: Se ejecutara todo el replanteo, se procederá a la excavación de los pilotines a suelo firme y vigas de fundación de H°A°. Tendrán un ancho de 30 cm.

Una vez realizada toda la excavación con las armaduras correspondientes se procederá a llenado con hormigón h21.

Mampostería de elevación: Serán de ladrillos común de buena calidad aprobados por la Supervisión de obras, se colocarán hasta una altura de 20 cm (1 hiladas). Los ladrillos, previos a su colocación serán mojados hasta su completa saturación. El asentamiento de los ladrillos se hará a juntas encontradas, poniendo especial cuidado en la trabazón de los ladrillos en todas las direcciones.

Contrapiso de cascotes: será de 12 cm de espesor sobre suelo natural compactado en la totalidad de la vivienda.

Se apisonará y nivelará la tierra debidamente humedecida. Cabe aclarar que si se encontraran lugares que requieran trabajos especiales, la Inspección de Obra dará las instrucciones necesarias para su realización.

Se colocarán las fajas guías, respetando las alturas y nivelaciones necesarias para posteriormente hormigonar. El hormigón pobre a emplear en contrapisos será de 12cm de espesor mínimo y tendrá un dosaje 1/8:1:4:8. Se utilizará cascotes de ladrillo de 35mm de tamaño máximo. Se empleará agua limpia, potable, exenta de ácidos bases, aceites y materia orgánica. Los agregados estarán exentos de estas mismas impurezas y de toda otra materia que provoque alteraciones en la fundación. Los materiales deberán cumplir con las normas que establecen los organismos pertinentes, por lo demás los dosajes y agregados serán los adecuados para lograr los fines necesarios de dureza y resistencia requeridos, siendo responsabilidad de la Contratista.

Mampostería de ladrillo hueco: Las paredes y tabiques de mampostería se ejecutarán de ladrillo cerámico hueco de 12x18x33 y 18x18x33 según indica el plano, de acuerdo a las reglas del arte sin alabeos ni resaltos que excedan las tolerancias de las medidas de los ladrillos.

Previo a la ejecución de las obras de mampostería, los ladrillos serán bien mojados, regándolos con mangueras o sumergiéndolos en tinas, una hora antes de proceder a su colocación. Al asentarlos sobre los lechos de mortero de la mezcla especificada en cada caso se los hará resbalar a mano, sin golpearlos, apretándolos de manera que la misma rebalse por las juntas.

La que rebalse se apretará con fuerza en las llagas, con el canto de la llana y se recogerá en ésta la que fluya por las juntas de los paramentos.

Queda estrictamente prohibido el empleo de medios ladrillos, salvo los imprescindibles para la trabazón y en absoluto el uso de cascotes.

La trabazón habrá de resultar perfectamente regular, conforme a lo que se prescribe; las llagas deberán corresponder según líneas verticales.

Los muros, las paredes y los pilares se exigirán perfectamente a plomo, con paramentos bien paralelos entre si y sin pandeo. La erección se practicará simultáneamente y al mismo nivel en todas las partes trabadas o destinadas a serlo, para regularizar el asiento y el enlace de la albañilería.

Cubierta de techos: será con 10% de pendiente hacia los laterales de la vivienda con caída libre, de chapa galvanizada Nº25 sobre perfiles tipo “C” n°120. Se colocará una aislación hidrófuga y térmica de aluminio c/aire encapsulado tipo Thermo foil y malla plástica.

Como terminación entre la cubierta de chapa y el muro se colocaran babetas de chapa galvanizada doblada N°25 ya que no llevaran muros de cargas.

Revoques:

Los trabajos aquí especificados incluirán en general la provisión y acarreo de todos los materiales, herramientas, equipos y mano de obra necesarios para la ejecución de los revoques interiores y exteriores.

No se procederá a la ejecución de revoques en paredes ni tabiques hasta que se haya producido su total asentamiento. En los paramentos, antes de proceder a aplicarse el revoque, deberán efectuarse las siguientes operaciones: se ubicarán y limpiarán todas juntas; se procederá a la limpieza de la pared dejando los ladrillos bien a la vista y eliminando todas las partes de mortero adherido en forma de costras en la superficie. Deberá humedecerse suficientemente la superficie de los ladrillos y todo paramento existente sobre el que se vaya a aplicar el revoque.

Revoque Impermeable:

En general, y salvo indicación expresa en contrario, en la cara externa de todo muro exterior, y antes de procederse a la construcción de cualquier tipo de revoque, se ejecutará un azotado de mortero de cemento y arena con agregado de hidrófugo de la mejor calidad, y de un espesor no inferior a 5 mm.

Revoque grueso interior y exterior:

Sobre las superficies de las paredes de ladrillos se ejecutará el revoque grueso. Para que el revoque tenga una superficie plana y de 10 mm de espesor, no alabeada, se procederá a la construcción de fajas a menos de 1 m de distancia entre las que se rellenarán con el mortero para conseguir eliminar todas las imperfecciones y deficiencias de las paredes de ladrillo y la tolerancia de medidas. El revoque se terminará con fratacho de  modo de poder colocar el texturado según caso. Cuando se deba aplicar previamente aislación hidrófuga (revoque exterior), el revoque grueso se aplicará antes que comience su fragüe.

Revoque fino interior:

Sobre los revoques gruesos se procederá a colocar los revoques finos hasta una altura de 2.70 mts. que tendrán un espesor de 3 a 5 mm, o terminaciones que serán de acuerdo a lo indicado en los planos. El fino a la cal se alisará perfectamente con fratás de madera, sin uniones ni retoques para lo cual se extenderán paños enteros procurando uniformidad de aspecto. Las rebarbas o cualquier defecto de la superficie se eliminarán pasando un fieltro ligeramente humedecido. Una vez seco y fraguado, se usará lija fina.

Cuando se deba revocar sobre superficies de hormigón, éstas deberán salpicarse previamente con una mezcla de cemento líquido y arena gruesa. A fin de evitar posibles rajaduras por contracción de fragüe y dilataciones diferenciales entre materiales diferentes, se exigirá para la ejecución de todos los revoques y reparaciones una dosificación muy bien controlada y única con los mismos materiales de origen.

Carpeta hidrófuga: Se realizará una carpeta hidrófuga de 4cm de espesor en todo el interior de la vivienda.

Sera de cemento alisado, uniforme quedará a la vista, motivo por el cual se tendrá especial cuidado, realizando las pendientes mínimas a piletas de piso.

El hidrófugo será de tipo químico inorgánico de larga vida y deberá cumplir las siguientes condiciones:

Las superficies deberán quedar perfectamente planas, alisadas sin depresiones ni sobresaltos.

Pisos cerámicos:

Los pisos deberán presentar siempre superficies regulares, dispuestas según las pendientes hacia los  desagües, alineaciones y cotas de nivel determinadas en los planos y que la Inspección de obra verificará y aprobará en cada caso.

Sobre la carpeta se colocarán las cerámicas de transito mediano de primera marca (ALBERDI, CERRO NEGRO, SAN LORENZO) de 30×30 debiéndose cuidar la alineación de las juntas y nivel entre ellas a fin de evitar resaltos. Una vez colocado se ejecutará un barrido con pastina del color igual al piso para el sellado de juntas, concluyéndose con un barrido de arena fina seca  para una perfecta limpieza.

Alternativamente se podrá utilizar pastina de base cementicia para el tomado de juntas de baja absorción capilar.

La Contratista deberá presentar a la Inspección y antes de ejecutar los trabajos muestras de los elementos a colocar.

Revestimiento cerámico: se colocará revestimiento  en el baño hasta una altura de dos (2) metros en las 4 paredes. En la cocina se colocará una superficie de 60cm por el largo de la pared sobre nivel de la mesada. La forma de colocación se determinará en obra por parte del Inspector.

Se utilizaran revestimientos cerámicos blanco satinado de 1° calidad (Antes de su colocación deberá ser aprobado por la inspección técnica) en todos los espacios indicados en el plano.

La colocación se hará con mezcla adhesiva para cerámicas, Klaukol o equivalente de primera Calidad, en la forma y las proporciones indicadas por el fabricante, a junta cerrada, con pastina de 1° calidad al tono. Las aristas salientes llevarán guardacanto de PVC de sección semicircular, color similar al revestimiento, amurado a la mampostería. Para la colocación de los revestimientos de cerámicos se extenderá el pegamento en la superficie a revestir con una llana dentada de 6x6mm y una distancia entre centros de 25 mm. El pegamento que se extiende sobre la superficie debe tener un espesor de 3 mm y con la llana se lo peina quedando cordones paralelos de adhesivo sobre los que se colocan el cerámico y presiona. De este modo gran parte del reverso de la pieza queda en contacto con el adhesivo. El tiempo de trabajo no se puede extender más de 20 minutos entre el momento en que se extiende el adhesivo y se aplica la pieza sobre la superficie. Si hay exceso de adhesivo en las juntas se lo debe limpiar con trapo antes que endurezca. La junta entre piezas debe ser de 1 a 2 mm y se puede ajustar las mismas alineando las juntas hasta cinco minutos después de ser colocados. El rejuntado no se realiza hasta tanto no se haya endurecido el adhesivo y el mismo se hace con movimientos de ida y vuelta hasta rellenar las juntas en su totalidad.

Carpinterías: Se colocaran 3 puertas placa marco de chapa N°18, hoja enchapada en pino de 0,70, 1 puerta exterior de chapa inyectada de 0,80. Las manos serán como lo indica el plano. Las puertas llevaran picaporte y cerradura completa. Se colocarán 6 ventanas de aluminio blanco línea herrero (según plano) con hojas corredizas, vidrio enterotipo float de 3mm de espesor.

 Cielorraso de placa de durlock junta tomada: Se utilizarán materiales y accesorios marca Durlock nuevos y sin uso.

Se incluirán todas las terminaciones necesarias a los efectos de que las superficies queden listas para pintar, excluida esta última tarea, salvo indicación contraria.

Compuesto por soleras y montantes de 70 mm y placas de roca de yeso de 9.5 mm. Las montantes se separarán como máximo cada 35 cm y para reforzar la estructura se colocarán soleras transversales cada 110 cm colgadas de la estructura del techo.

Las placas se atornillarán con tornillos autorroscantes Nro.2 para chapa o madera.

Sobre toda la superficie de todas las placas se colocará lana mineral de 35 kg/cm cúbico y 50 mm de espesor como aislante térmico.

En todo el perímetro del cielorraso de junta tomada  donde se encuentra  con un muro vertical de mampostería o tabique de placa de yeso se colocaran buñas en la totalidad.

Instalación de agua: Se instalará una conexión Ø0,019 (3/4″) directa hasta la línea municipal. Siendo el municipio quien se encargue del servicio de la red externa de agua corriente. Se colocara tanque de reserva según plano, se colocará una llave de paso general en el exterior de la construcción por cada instalación. Los sectores de cocina y sanitarios tendrán su correspondiente llave de paso independiente, a los fines de que ante una eventual reemplazo o reparación de alguna artefacto o cañería, el resto de las dependencias siga teniendo abastecimiento de agua.

Las cañerías de distribución de agua fría serán de PVC tipo IPS Hidro3 o similar calidad tricapa de (3/4″) y de agua caliente serán de PVC de (3/4″) tipo Hidro3 de Saladillo o igual calidad.

La totalidad de las cañerías que indefectiblemente deben ser enterradas serán protegidas con tiras de polietileno y protegidas con un doblado de ladrillos. Estas asentarán en todos los casos sobre un manto de arena de diez (10) cm de espesor y cubiertas de igual manera antes del doblado de ladrillos.

Todas las piezas serán como mínimo de igual calidad y marca que los caños y las piezas que reciban una grifería o conexión de artefacto  tendrán rosca de bronce.      

Todos los trabajos se ejecutaran según lo indica el plano.

Instalación cloacal: la instalación será con caños de pvc reforzado de 3,2, con pendiente mínima de 2% desde los artefactos a su correspondiente cámara de inspección de 60x60cm, en el baño y cocina se colocará una pileta de piso con sifón, luego se construirá una cámara séptica de 0,90m de largo, 0,60m de ancho y 0,75 m de profundidad con doble pantalla y tapa de hormigón, esta cámara estará íntegramente revocada en su interior. Luego se construirá un pozo absorbente de ø 2,40m y una profundidad mínima de 2,5m, calzado con ladrillos comunes y con tapa de hormigón armado.

Nota: se dejaran las ventilaciones correspondientes.

Artefactos sanitarios: serán de loza blanca, marca Ferrum línea Andina (inodoro con mochila, bidet y lavatorio con columna de apoyo) Se proveerán y colocaran todos los artefactos según plano adjunto.

Grifería y accesorios: se proveerá y colocará la grifería correspondiente en los baños, cocinas, primera marca FV línea económica y canilla de servicio en el lateral de la vivienda. Será en bronce cromado con sus correspondientes llaves de paso. Los accesorios serán de metal, 1 barral, 1 portarrollo y dos toalleros en cada vivienda.

Instalación de gas: Se realizara la instalación según reglamentación vigente para gas envasado (fusión). La instalación se ejecutara como a continuación se detalla y se realizara, según plano:

1) Ejecución de la instalación de gas según las normas vigentes, en los sectores que figuran en planos.

2) Reparación de todo elemento afectado por los trabajos inherentes a la instalación.

3) Colocación de todos los conductos de ventilación de los equipos que los requieran. 

El trabajo comprende todas las tareas necesarias para la ejecución completa de la obra tal cual queda definida en los pliegos y planos. El Contratista proveerá todo lo necesario (materiales, mano de obra, equipos, herramientas, etc.) para que las instalaciones objeto de esta licitación queden totalmente terminadas conforme a su fin, en perfectas condiciones de funcionamiento, de acuerdo a las normas técnicas vigentes y las reglas del buen arte, aunque en la presentes especificaciones se haya omitido indicar trabajos o elementos necesarios para ello.

No se permitirá bajo ningún concepto el curvado de caños, ni en frío ni en caliente.

Los morteros que se utilicen en pilares y tapadas, no deberán contener cal.

Ubicación: En cada artefacto de consumo, sin excepción se deberá colocar una llave de paso de igual diámetro que la cañería que lo alimenta. Estará accesible y de fácil manejo.

Hermeticidad: La red de instalación interna de gas deberá soportar sin pérdidas la presión reglamentaria de prueba, usando un manómetro de rango adecuado. Se podrá solicitar al contratista pruebas adicionales, sin perjuicio de las inspecciones que efectúe la empresa prestataria.

Ubicación equipo proveedor de gas (garrafa): Para el resguardo de la garrafa se deberá realizar un nicho de mampostería con el revoque correspondiente ejecutado según las especificaciones establecidas, con cubierta de losa con pendiente y una puerta de chapa incombustible c/ventilación, ejecutándose según reglamentación vigente para gas envasado. El gabinete se ejecutará sobre una base de hormigón simple, de las medidas indicadas en plano.                                       

Instalación eléctrica: La empresa deberá hacerse cargo de la conexión de electricidad a la parcela de cada vivienda mencionada.

Se deberá colocar un pilar con caja para medidor en la entrada en donde se colocará un tablero con llave térmica bipolar. En la vivienda se colocará el tablero secundario con 2 llaves térmicas (una por cada circuito) y un disyuntor diferencial.                                                                                            

La conexión desde el pilar al tablero secundario en la vivienda se realizará con   tendido subterráneo a 60cm de prof. con cama de arena y protección superior de  ladrillos, se utilizará cable tipo subterráneo.

En la vivienda se colocarán bocas de iluminación y tomacorrientes (ver plano     adjunto).

Se colocará como protección de la instalación una jabalina normalizada de 3m de longitud o lo que dé una resistencia menor a 10 ohm, por lo que todos los tomacorrientes tendrán su correspondiente cable desnudo de puesta a tierra.

Se utilizarán caños de pvc normalizados en toda la instalación y se utilizarán cables normalizados de sección 2,5 mm2.

Se instalarán circuitos independientes de tomacorrientes y bocas de iluminación.

Se proveerán y colocarán todos los artefactos de iluminación, los artefactos exteriores serán de pvc y los interiores de metal, los mismos serán aprobados por la inspección.

Se deberán realizar las tramitaciones correspondientes con la empresa prestadora de servicio. 

Según indica el plano se dejara prevista la instalación para un termotanque eléctrico de 50 lts.

Mesadas: será de granito gris mara simple de 0,025 m. de 60cm de ancho por 1.71m de largo,  con pileta simple de acero inoxidable, sobre 1 pilar  premoldeado de hormigón armado y banquina. Y otra de 0.40 mts x 1.52 mts, sobre 1 pilar  premoldeado de hormigón armado.

(Verificar mediadas en obra)

PINTURA: Las puertas de chapa del ingreso principal, se pintará con una mano de antióxido y dos de sintético color blanco.

Puertas placa: se ligarán tanto los marcos como las hojas y luego se pintarán los marcos con  antioxido y sintético y la madera con dos manos de sintético color blanco semi-mate.

LIMPIEZA DE OBRA: Se dejará la obra en perfecto estado de limpieza, retirando el material sobrante

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