VISTO el expediente N° 14/2024 iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 1264/2024, quien eleva proyecto de Ordenanza sobre escalas de asignaciones familiares a partir del 01 de febrero de 2024;

 que, la Ley 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad pública nacional;

que, asimismo la Ley 14.656 regulatoria del empleo público municipal en la Provincia de Buenos Aires, establece entre los derechos del trabajador municipal subsidios y asignaciones familiares conforme a la ley nacional;

que, el día 9 de febrero de 2.024, el Departamento Ejecutivo, el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y Unión Personal Civil de la Nación llevó a cabo la negociación paritaria llevada a cabo una negociación paritaria con el objetivo de tratar el incremento salarial de los trabajadores municipales;

que, del acta de negociación surge que las partes arribaron a un acuerdo en virtud del cual el Municipio otorgará un aumento salarial equivalente al 60 % sobre el básico del régimen de 30 horas semanales y su proporcional en los regímenes de 40 y 48 horas semanales;

que, dicho aumento se hará efectivo en dos (2) cuotas, según el siguiente detalle:

  • La primera cuota equivalente al 30% a abonarse con el salario correspondiente al mes de febrero/2024; y
  • La segunda cuota equivalente al 30% a abonarse con el salario correspondiente al mes de abril/2024;

que, por otro lado se acuerda un incremento aplicable a la bonificación por presentismo la que quedará en la suma total de $ 7.000,00; este incremento se hará efectivo a partir del mes de marzo 2024; 

que, como resultado del aumento referido y conforme a la actual escala y montos, muchos de los trabajadores dejarían de percibir las asignaciones familiares, resultando necesario efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador percibirá en los meses febrero y abril del año 2024, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios;

que, idéntica solución se adoptó con relación al impacto en las asignaciones familiares que tuvo el aumento salarial dispuesto los años anteriores;

que, razones de justicia social hacen necesario implementar políticas que impulsen medidas orientadas a proteger los intereses de los trabajadores de este municipio, por lo que se debe efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador perciba como consecuencia de la negociación paritaria llevada a cabo el día 9 de febrero de 2024, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios, y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 28 de febrero de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Fijar a partir del 1º de febrero de 2024 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:

Asignación por Hijo   

Remuneración entre $           0,01 y $  189.892,86 $ 9.613,50
Remuneración entre $  189.892,87 y $  216.717,45  $ 6.375,00
Remuneración entre $  216.717,46 y $  252.483,61  $  4.513,50
Remuneración entre $  252.483,62 y $  431.314,39  $  2.550,00
Remuneración entre                   $ 431.314,40 y $                 –                                            $         –     

 Asignación por Hijo con Discapacidad

Remuneración entre $            0,01 y $ 341.252,48 $20.884,50
Remuneración entre $   341.252,49 y $ 375.901,85 $14.764,50
Remuneración entre $   375.901,86 y $                –    $ 9.312,60

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro.-

ORDENANZA Nº 5/2024.-

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