VISTO el expediente N° 15/2024 iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 1289/2024, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a dejar sin efecto donación efectuada mediante Ordenanza H.C.D. n° 104/2019;  

que, por Ordenanza 3539 (HCD 104/2019) se dispuso donar el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección M; Chacra 351; Manzana 351m; Parcela 8, originado mediante el plano de mensura, división y anexión nº 93-25-2012 a la asociación civil denominada Centro de Tratamiento Integral del Discapacitado Mental (CE.T.I.DI.M.), inscripta bajo la matrícula Nº 3875 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires;

que, conforme al artículo 4 de la citada Ordenanza la donación se efectuó con el cargo de que la donataria afecte el inmueble donado a la construcción de un predio donde se puedan realizar actividades recreativas, deportivas y culturales, acordes al fin social;

que, en el mismo artículo se estableció un plazo de cinco (5) años, a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, para el cumplimiento del cargo y para el caso de incumplimiento se dispuso que el dominio del inmueble cedido quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna;

que, si bien el plazo aún no se cumplió, está próximo a ello, la donataria ha manifestado su voluntad de no continuar con el proyecto de construcción de un predio donde se puedan realizar actividades recreativas, deportivas y culturales, acordes al fin social;

que, ante ello resulta necesario sancionar una nueva Ordenanza que deje sin efecto la donación en cuestión, retrotrayéndose el dominio del inmueble a favor de la Municipalidad de Saladillo; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 28 de febrero de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Dejar sin efecto la donación efectuada mediante la Ordenanza Nº 3539 (H.C.D. 104/2019).-

ARTICULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro.-

ORDENANZA Nº 6/2024.-

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