PROYECTO DE RESOLUCION

 

VISTO que en la Cámara de Diputados de la Nación obran proyectos de Ley que regulan la Equinoterapia, presentándola como método terapéutico de habilitación y rehabilitación para asistir a personas con discapacidad o que posean indicación médica de tratamiento para atender diferentes problemáticas; y

CONSIDERANDANDO:

Que, si bien se ha presentado y obran en el Congreso Nacional, más de un proyecto de Ley referente a reglamentar la Equinoterapia en todo el territorio Nacional, uno de los proyectos de ley presentados tuvo media sanción en la Cámara de Senadores, lo que invita a avanzar sobre la sanción de una ley nacional;

Que, se reconoce a la Equinoterapia como un método terapéutico de habilitación o rehabilitación para personas con o sin discapacidad, que posean indicación de tratamiento mediante el uso de caballo debidamente entrenado;

Que, estas son actividades terapéuticas de carácter lúdico y/o deportivo en contacto con equinos, planificadas por un equipo interdisciplinario de profesionales de la salud y la educación;

Que, estas actividades se deben desarrollar en Centros de Equinoterapia o Centros Terapéuticos o de actividades asistidas, con infraestructura adecuada a la actividad y profesionales capacitados en la especialidad, caballos aptos y equipamiento adecuado;

Que, los proyectos de ley tienen como fin reglamentar este método terapéutico en todo lo referente a su implementación y desarrollo, como la actividad profesional, el ámbito físico y equipamiento y la habilitación correspondiente por parte del estado de los centros en que se desarrolle la disciplina terapéutica;

Que, fundamentalmente, es necesario contar con una ley que les garantice a los beneficiarios, parámetros que reglamenten un tratamiento terapéutico integral y profesionalmente abordado en la atención física, mental, pedagógica y social;

Que, en el mismo sentido los profesionales que desarrollen esta actividad necesitan contar con un marco normativo que resguarde y ordene el ejercicio de su actividad y el ámbito en donde deba desarrollarla, preservando reglas adecuadas en el vínculo con él o la paciente y su familia;

Que, según la Red Argentina de Equinoterapia, en nuestro país y distritos de la provincia de Buenos Aires, incluyendo Saladillo, existen registrados un importante número de Centros terapéuticos de Equinoterapia que están a la espera de contar con un marco regulatorio que unifique criterios comunes de funcionamiento;

Que, el Municipio de Saladillo brinda a través del CEMIASA (Centro Municipal de Intervenciones Asistidas con animales) esta terapia de habilitación o rehabilitación ecuestre desde hace un tiempo, por lo que la sanción de esta ley lo incluiría en su regulación;

Por todo ello, el Bloque de concejales del Frente de Todos, pone en consideración del Honorable concejo Deliberante, el siguiente:

 

 

PROYECTO DE RESOLUCION

Art. 1º – Solicitase a ambas  Cámaras del Congreso Nacional, de tratamiento y sancione la ley referida a la regulación de la Equinoterapia, método terapéutico de habilitación o rehabilitación para personas con o sin discapacidad, que posean indicación de tratamiento mediante el uso de caballo debidamente entrenado.

Art. 2º – Invítese a los municipios a que, por respectivas ordenanzas, adhieran a la ley que se sancione.

Art. 3º – De forma.

 

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